Nos parece interesante señalarles cuales son las obligaciones tributarias y previsionales cuyos períodos han prescripto al 1º de enero de 2020. Ya no resulta aplicable la suspensión general de un año de la prescripción (dispuesta por la ley 26.476 publicada en el Boletín Oficial 21/12/2008) debido a los términos suspendidos por esa normativa ya han prescripto (aún cuando se trate tiempo decenal). Sí debemos tener en cuenta, en cambio, la suspensión general por un año de la prescripción dispuesta por la ley 26.860 (publicada en el Boletín Oficial 3/06/2013) sólo para los plazos de prescripción decenales. Obligaciones Impositivas 1) 5 AÑOS Contribuyentes inscriptos, contribuyentes que espontáneamente regularicen su inscripción y aquellos no obligados a inscribirse. 2) 10 AÑOS Contribuyentes NO inscriptos estando obligados a ello. Obligaciones Previsionales Ø 10 AÑOS Todas las obligaciones. |
Tributo | Período |
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Ganancias Personas Humanas | 2013 |
Bienes Personales | 2013 |
IVA | 12/2013 a 11/2014 |
Ganancias Personas Jurídicas | 08/2013 a 07/2014 |
Ganancia Mínima Presunta (PJ) | 08/2013 a 07/2014 |
Ganancias y B. P. no inscripto | 2008 |
Iva No Inscripto | 12/2008 a 11/2009 |
Ganancias Persona Jurídica No inscripto | 08/2008 a 07/2009 |
Autónomos | 12/2006 a 11/2007 |
Empleador Seguridad Social F 931 | 12/2006 a 11/2007 |
Atención Lo detallado es para las situaciones generales, no contempla los casos donde se verifican causales suspensivas o interruptivas de prescripción por cuestiones particulares (como por ejemplo: la intimación administrativa de pago de tributos determinados, el reconocimiento expreso o tácito de la obligación; el inicio de la demanda de apremio; entre otras). |