Ingresos Brutos vs. Convenio Multilateral

Ingresos Brutos vs Convenio Multilateral

¿Ingresos Brutos Local o Convenio Multilateral?

Esta decisión dependerá de como va a desarrollar la actividad la empresa. Si desarrolla su actividad en una única Provincia, entregando sus productos y/o servicios será responsable de ingresos brutos local. Si en cambio, vende o presta servicios en distintas jurisdicciones le corresponderá el Convenio Multilateral.

Quedan comprendidos dentro del régimen de Convenio aquellos contribuyentes que encuadren dentro de algunas de estas situaciones:

  • Que el proceso de industrialización se de en una jurisdicción y la comercialización en otra.
  • Que la actividad esté radicada en una jurisdicción pero se realicen compras o ventas en otra.
  • Que la industrialización y comercialización se den de forma completa en una jurisdicción pero la administración se desarrolle en otra.
  • Que la actividad esté radicada en una jurisdicción y se realicen prestaciones de servicio u operaciones con personas o bienes que se encuentren en otra jurisdicción.

Para poder presentar y pagar Convenio, el contribuyente debe estar inscripto en Padrón Web de Comarb (Comisión Arbitral del Convenio Multilateral). Para realizar esta inscripción, es necesario, previamente, ingresar con Clave Fiscal a AFIP y dar de alta el servicio “Convenio Multilateral/ Padrón Web” desde el menú “Administrador de relaciones de Clave Fiscal”. 

El sistema para realizar las declaraciones juradas es SIFERE, y se accede a través de la web de AFIP. 
La liquidación de Ingresos Brutos Convenio Multilateral suele resultar compleja, debido a la variedad de conceptos y criterios al momento de calcular el impuesto.

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